Indigente denuncia discriminación de las autoridades de Puerto Progreso; el ex rescatista Erick Roberto Kan Mena de 43 años de edad denunció a medios locales ser víctima de discriminación porque no lo dejaron utilizar los sanitarios del Palacio Municipal por ser una persona en situación de calle.
Al ser entrevistado por uno de personal de un portal de denuncia en redes sociales, relató que fue alrededor de las 3 de la tarde que acudió al inmueble para utilizar los sanitarios, cuando fue interceptado por un agente de la Dirección General de la Policía y Tránsito, quien le informó que la gente que se encuentra en su situación está “vetada”.
“Me dio mucha pena porque no es justo que traten así a la gente, somos seres humanos y el Palacio es un sitio público donde tenemos derecho a utilizar los baños, sin importar nuestra apariencia, color de piel o clase social”, indicó Kan Mena.
Dijo que para evitar problemas se retiró del lugar, sin embargo, pidió a las autoridades que atiendan esta situación y reenfoquen sus políticas y normativa al respecto.
Ante esta situación decenas de usuarios manifestaron su molestia ya que todos coinciden que los servicios públicos no están reservados solo para la gente de dinero o los extranjeros ya que se sostienen de los impuestos que paga la gente, es decir que es de todos.
¿Quiénes son las personas en situación de calle?
Las personas en situación de calle son un grupo social heterogéneo y diverso; se trata de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, mujeres, hombres, personas mayores, personas con discapacidad, y personas con diferentes condiciones de salud, que pueden llegar a formar familias al relacionarse con otras personas en situación de calle, conformando sus propias formas de comunidad y redes de apoyo.
Viven y transitan en el espacio público, donde generan y desarrollan sus propias formas de subsistencia.
Indigente denuncia discriminación de las autoridades, ¿Qué derechos tienen las personas en situación de calle?
Las personas en situación de calle tienen todos los derechos que están establecidos en la Constitución Política de México, en particular deben tener acceso a:
- Integración educativa y comunitaria.
- Capacitación para el empleo y el autoempleo.
- Servicios de albergues y espacios de resguardo.
- Prevención integral de la salud.
- Atención de urgencias médicas.
- Atención profesional de la dependencia a sustancias psicoactivas.
- Orientación sobre derechos sexuales y derechos reproductivos.
- Derecho a no ser víctimas de discriminación.
- Derecho a una vida libre de violencia.
- Recibir servicios sociales.
- Integración al lugar de origen.
- Capacitación para una vida independiente.
- Asesoría y representación jurídica.