En un movimiento que marca un antes y un después en la legislación estatal, Yucatán endureció de manera histórica las penas por feminicidio, elevando hasta 70 años de prisión la condena máxima para quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
El Decreto 163/2026, publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, no solo incrementa las sanciones penales, sino que también impone responsabilidades directas a servidores públicos que actúen con negligencia, omitan investigar con perspectiva de género o filtren información sensible de los casos.
La reforma establece que cuando exista parentesco, relación sentimental, laboral, docente o cualquier vínculo que implique confianza o subordinación, la pena será de 50 a 70 años de prisión y de mil a mil 500 días-multa. En casos donde la víctima sea menor de 18 años, la condena oscilará entre 50 y 65 años, además de sanciones económicas más severas.
El decreto está firmado por el gobernador Joaquín Díaz Mena y el secretario General de Gobierno, Omar Pérez Aviés, y contempla también la pérdida de la patria potestad para el agresor, la suspensión de derechos sucesorios y medidas de protección y reparación integral para hijas e hijos que queden en situación de orfandad.
Uno de los puntos más contundentes de la reforma es la obligación de investigar toda muerte violenta de mujer como probable feminicidio, con perspectiva de género y, en caso de niñas o adolescentes, con enfoque de niñez.
Además, se establece que cualquier servidor público que omita iniciar la investigación como feminicidio, filtre fotos, videos o evidencias, o retrase la procuración de justicia enfrentará de cinco a ocho años de prisión, multas económicas, destitución e inhabilitación de cinco a diez años para ocupar cargos públicos.
Las cifras explican la urgencia. En 2025, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública reportó 10 feminicidios en Yucatán; sin embargo, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio contabilizó 15 casos. Ambas estadísticas coinciden en que se trata del número más alto registrado en la entidad desde 2013.
Hasta antes de esta reforma, el feminicidio era castigado con penas de 35 a 55 años de prisión. Hoy, el Estado envía un mensaje claro: la violencia feminicida no solo será castigada con mayor severidad, sino que la omisión institucional también tendrá consecuencias penales.
Con esta modificación al Código Penal, Yucatán refuerza su marco jurídico en materia de protección a los derechos de las mujeres, en un contexto donde la exigencia social por justicia y cero impunidad ha cobrado mayor fuerza.
